NUESTROS SERVICIOS

Tienes una necesidad, nosotros tenemos la SOLUCIÓN

TRANSPORTE EMPRESARIAL

Transportamos de forma segura y ágil a sus empleados, diseñamos rutas optimizadas, contamos con protocolos de bioseguridad.

TRANSPORTE EJECUTIVO

Contamos con diferentes tipos de vehículos que se ajustan a las necesidades de cada cliente, diseñamos rutas  y logistica ideal para llegar a cada destino.

TRANSPORTE ESCOLAR

Desarrollamos procesos amigables con el medio ambiente. Vehículos a los que realizamos el mantenimiento en centros especializados.

TRANSPORTE TURISTICO

Te acompañamos a disfrutar de los lugares más maravilloso de Colombia, Viaje seguro y comodo.

NUESTRA EMPRESA

Empresa dedicada a la prestación de servicio de transporte terrestre especial de pasajeros, busca la satisfacción del cliente y sus partes interesadas, brindando un servicio oportuno, confiable y seguro.

Estamos comprometidos con el mejoramiento continuo de la empresa,  manteniendo condiciones seguras, previniendo accidentes y enfermedades laborales por medio de una adecuada implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Velamos por una estricta ejecución de nuestro plan estratégico de Seguridad Vial con el cual buscamos mantener una baja tasa de accidentes de tránsito

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EXPERIENCIA Y CALIDAD
Experiencia

Conductores profesionales con experiencia y cursos de manejo defensivo, mecánica básica 4X4, marco legal y primero auxilios

Seguridad y Confianza

PESV con los requisitos Ministerio de Transporte, cumplimiento de estandares por la ARL y toda la normatividad legal vigente.

Bienestar y Tranquilidad

Desarrollamos procesos amigables con el medio ambiente. Vehículos a los que realizamos el mantenimiento en centros especializados

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

Respuestas Frecuentes

¿Cuándo debo realizar la primera revisión tecnomecánica a mi vehículo?

El artículo 52 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 202 del Decreto 019 de 2012, establece que para los vehículos nuevos de servicio particular, diferentes a motocicletas y similares, la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes debe realizarse a los seis (6) años contados a partir de la fecha de su matrícula y posteriormente cada año.

Para los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes debe realizarse a los dos (2) años contados a partir de la fecha de su matrícula y posteriormente cada año para más información consulte el Decreto Ley 019 de 2012.

¿Qué puedo hacer si salgo sin documentos del vehículo y en la vía me requiere un agente de tránsito?

En evento de conducir un vehículo sin portar los documentos que permitan realizar tal actividad, de ser requerido por un agente de tránsito es preciso referirse a la retención preventiva de automotores contenida en el Manual de Infracciones a las normas de tránsito, adoptado por la Resolución 3027 del 26 de julio de 2010 proferida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones”, señalando en el artículo 3º que la autoridad de tránsito podrá en forma preventiva inmovilizar un vehículo sin llevarlo a patios oficiales cuando se presente la comisión de una infracción que de acuerdo a lo previsto en la Ley 769 de 2002 el vehículo no pueda transitar, hasta tanto se subsane la causa que dio origen a la inmovilización y por un término máximo de 60 minutos, y de no efectuarse la corrección durante este término, será trasladado el vehículo a los parqueaderos autorizados. El Capítulo 7 del Título 3 del  citado Manual de infracciones, hace referencia a las infracciones que estarían previstas para la pluricitada retención preventiva de vehículos.

Al respecto,  si bien es cierto el vehículo estaría retenido preventivamente hasta tanto se subsane la causa que dio origen a la inmovilización y por un término máximo de 60 minutos, esto no es óbice para que la autoridad de tránsito decida imponer el respectivo comparendo, toda vez que la conducta infractora ya fue consumada.

¿Porque escogernos?
EMPRESA LEGALMENTE HABILITADA

Contamos con la habilitación del Ministerio de Transporte para la prestación de servicios de transporte especial de pasajeros.

CERTIFICACIONES ISO

Certificaciones con las que actualmente cuenta nuestra empresa: ISO 9001: 2015; ISO 45001:2018.

PARQUE AUTOMOTOR

Nuestro parque automotor se compone de los siguientes tipos de vehículos autorizados por resolución de capacidad transportadora del ministerio de Transporte: CAMIONETAS, DOBLE CABINA 4X4, CAMPEROS, MICROBUSES, BUSETAS Y BUSES.

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